
Cumpliendo con la ley 82, según enmendada y relacionado específicamente al uso de la estampilla llevamos tres años en un debido proceso de orientación y auditorías o evaluaciones voluntarias. Este año nos moveremos a observar y cuidar otras facetas del cumplimiento de la ley en diversos ángulos.
Le recordamos que si usted está en práctica privada o tiene un contrato por servicios profesionales, entre otros, está obligado a utilizar la estampilla y a llevar el debido registro en una bitácora. Para cualquier duda o información puede llamar al Colegio. El no estampar bajo los criterios antes mencionados implica una violación a la ley.
De otra parte, estaremos atentos y reaccionaremos a programas, gimnasios,
servicios, relacionados con ofrecimientos e intervenciones de planes de reducción
de peso, u otros que estén de alguna manera realizando alguna o varias
de nuestras responsabilidades establecidas por la ley •82, según
enmendada. Le solicitamos que de usted conocer ejemplos de estos casos nos
informe la situación o persona que esté promocionándose
como Nutricionista-Dietista sin tener las cualificaciones que exige la ley.

El Colegio adoptará, expedirá y supervisará, en virtud de lo dispuesto, una estampilla que será adherida a todo plan de alimentación, menú o dietas diseñado
por el Profesional en Nutrición y Dietética que trabaje para o a través de hospitales privados, práctica privada, compañías de equipo medico, consultorías privadas y otros, exceptuando los que laboren en instituciones sin fines de lucro, albergues u hospicios.
El valor de la estampilla es de un dólar ($1.00)
El patrono de los profesionales en nutrición y dietética será el responsable de cubrir el costo de la estampilla como se indica en el artículo 19 añadido a la Ley Núm.82 del 31 de Mayo de 1972, según enmendada por la Ley Núm.45 de 10 de Enero de 2004.
Todo plan de alimentación, menú o dieta tendrá una vigencia de seis (6) meses luego que la estampilla sea cancelada.
La estampilla debe ser cancelada con la firma y número de licencia del nutricionista/dietista licenciado que certifique el documento.
Se considerará válido todo plan de alimentación, menú o dietas diseñado por el profesional en nutrición y dietética incluidas en la ley con la estampilla debidamente cancelada.
Todo Profesional en Nutrición y Dietética es responsable de mantener un registro de las estampillas usadas en un libro encuadernado y numerado custodiado de forma vitalicia (bitácora).
Este registro es individual para cada profesional. En la bitácora deben estar registradas todas las estampillas utilizadas (no importa si tienes 2 ó más empleos). Es deber del profesional en nutrición y dietética identificar claramente (puede ser por medio de una leyenda) el uso que se le dio a cada estampilla.
Se debe mantener disponible evidencia del registro de las estampillas por un periodo de cinco (5) años.
Todo Profesional en Nutrición y Dietética es responsable de entregar copia fiel y exacta del registro de las estampillas con su firma y número de licencia al patrono que le suministra las estampillas.
Todo Profesional en Nutrición y Dietética es responsable de entregar copia fiel y exacta del registro de las estampillas (1 de mayo del año anterior al 30 de Abril del corriente) con su firma y número de licencia al CNDPR para la fecha de la cuota anual como fecha límite.
1) Las evaluaciones nutricionales iniciales y notas de progreso de cada paciente se validan con la firma y número de licencia del Nutricionista/Dietista.
2) La estampilla se utiliza para dar validez a todo
plan de alimentación escrito, calculado e individualizado
entregado al paciente.
" Si como parte de un plan de alimentación se ofrece
un ejemplo de menú, no se requiere una estampilla adicional.
3) No aplica a hojuelas educativas o folletos educativos.
4) La estampilla se adhiere en la parte superior derecha del documento entregado y se cancela con la firma y número de licencia del Nutricionista/Dietista.
1) La estampilla se va a adherir a cada ciclo maestro original. Incluye las modificaciones de dieta y análisis de los menús. La estampilla se adhiere en la primera página del ciclo maestro, en la parte superior derecha, y se cancela con la firma y número de licencia del Nutricionista/Dietista.
2) A las copias que son utilizadas en las distintas áreas de trabajo; por ejemplo, tener una copia del ciclo maestro en la oficina de los supervisores o dietistas, no se le requiere una estampilla adicional. Las copias tienen que ser fieles y exactas del menú original con la estampilla adherida.
3) Cada Institución o Centro (no incluido en la excepción) cancelará una estampilla.
1) Las evaluaciones nutricionales iniciales y notas de progreso de cada paciente se validan con la firma y número de licencia del Nutricionista/Dietista.
2) La estampilla se utiliza para dar validez a todo
plan de alimentación escrito, calculado e individualizado
entregado al paciente.
" Si como parte de un plan de alimentación se ofrece
un ejemplo de menú, no se requiere una estampilla adicional.
3) No aplica a hojuelas educativas o folletos educativos.
4) Si como parte de la terapia médico nutricional del cliente en sus citas de seguimiento se hacen modificaciones como cambiar la cantidad de calorías, agregar o liberar restricciones de nutrimentos u alguna otra modificación en el plan de alimentación diaria del cliente, a estas modificaciones no hay que cancelarle otra estampilla. Se continúa con la vigencia de la estampilla inicial.
5) Cada expediente de cliente/paciente tendrá claramente identificado la fecha del servicio, el número de estampilla y su fecha de caducidad.
1) La estampilla se va a adherir a cada ciclo maestro original. Incluye las modificaciones de dieta y análisis de los menús. La estampilla se adhiere en la primera página del ciclo maestro, en la parte superior derecha, y se cancela con la firma y número de licencia del Nutricionista/Dietista.
2) El Departamento de la Familia, Servicios Sociales, Departamento de Salud y otros requerirán la cancelación de la Estampilla en todo menú preparado para asilos, centros de rehabilitación, centros de cuido, campamentos de verano, y otros no incluidos en la excepción.
Las estampillas no son transferibles. Son para uso exclusivo del patrono y/o colegiado que lo registre al momento de la compra al Colegio de Nutricionistas y Dietistas de Puerto Rico.
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